Patrimonio
El Palacio de Almanzora fue declarado Monumento Histórico Artístico el 22 de junio de 1982 y por Resolución de 18 de septiembre de 1995 (B.O.E. 29-11-1995) se incluye en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Le afectan, en consecuencia, la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y la Ley 1/1991 de Patrimonio Histórico Andaluz, lo que conlleva responsabilidades de conservación para los propietarios, para el Ayuntamiento y para la Consejería de Cultura.
En sesión del 17 de diciembre de 1997, la comisión de Cultura del Parlamento Andaluz aprueba, por unanimidad, una Proposición que insta al Consejo de Gobierno a poner en marcha todas las medidas oportunas para que el Palacio de Almanzora pase a ser de titularidad pública y a promover, en colaboración con el Ayuntamiento de Cantoria y cuantas instituciones públicas y privadas pudieran adherirse, la firma de un convenio para su protección, uso y rehabilitación (BOPA n° 180 de 20 de enero de 1998).
RESOLUCION de 2 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que SE INCOA EL PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, del Palacio de los Marqueses del Almanzora.
RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2006, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que SE RESUELVE INSCRIBIR, con carácter genérico, en el catálogo general del Patrimonio Histórico Andaluz, del Palacio de los Marqueses del Almanzora.
A pesar de los mandatos legales, el Palacio de Almanzora sigue siendo de propiedad privada y su estado de conservación es lamentable,[7] presentando un estado inicial de ruina con zonas puntuales de ruina media.